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Problema de cálculo en finiquitos: Descuentos retroactivos y base gravable

  • Creado 01/03/2024
  • Modificado 01/03/2024
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Hola amigos,

Nos enfrentamos a un problema de cálculo en finiquitos, donde, por ejemplo, debido a una falta, es necesario aplicar un descuento retroactivo en el salario, lo que también genera un descuento en la aportación al fondo de ahorro realizada previamente (resultando en un importe negativo a devolver al trabajador).

Este importe negativo del fondo de ahorro se suma a la base gravable /400, lo cual no es correcto. Lo correcto sería restarlo de la base gravable. Este comportamiento solo ocurre en finiquitos y no entendemos por qué. En el caso de correcciones negativas en la nómina ordinaria, la base gravable no se ve afectada. Allí todo funciona correctamente, a diferencia de estas situaciones retroactivas.

¿Han experimentado algún caso similar o tendrían alguna idea de por qué nos sucede esto?

Gracias,

Miroslav

Pedro Pascal
Se unió el 07/03/2018
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3 Respuestas

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Hola Miroslav

Habrá que revisar si el llamado del grupo de retroactividad en afluencia que modifica las bases de cálculo de ISR, está siendo correctamente invocado también en la Off Cycle que es el finiquito (TRM1,2,3).

Saludos cordiales

Amílcar

Respondido el 15/04/2024
LUCIANO RIOJA GHIOTTO
Se unió el 13/07/2019
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Hola Amilcar,

¿Te refieres a la tabla V_T799L25?

He revisado esta tabla (opción MTAX) y no he encontrado nada extraño ni relacionado con finiquitos aquí.

También he verificado si está vinculado con la clase de evaluación 70 del concepto involucrado.

Lo que hemos identificado es que esta situación solo se genera en caso de finiquito TRM2 (after), por lo tanto, parece ser una relación retroactiva más relacionada con el período de nómina ordinario, pero que aparece en el cálculo de finiquitos y afecta únicamente en este caso al gravado.

Lo extraño es que este problema no aparece en el caso de la nómina ordinaria.

Gracias por tus comentarios,

Miroslav

Respondido el 15/04/2024
LUCIANO RIOJA GHIOTTO
Se unió el 13/07/2019
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Y para compartir aún más detalles, se puede notar que en esta retroactividad se genera el concepto /458 que no debería generarse, ya que el fondo de ahorro no estaría gravado. Sin embargo, como no existe el concepto /420, entonces el importe negativo en /458 se mantiene y se traslada al concepto /400, incluyéndose en la base gravable.

Respondido el 15/04/2024
LUCIANO RIOJA GHIOTTO
Se unió el 13/07/2019

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