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Este blog ofrece una visión general de la nueva regulación en España, basada en la Ley 18/2022 del 28 de septiembre, para la creación y crecimiento de empresas en lo que respecta a la facturación electrónica entre empresas y profesionales.
El
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
ha publicado un borrador del Real Decreto que establece la facturación electrónica obligatoria para las transacciones B2B. La
documentación oficial
se puede encontrar en el portal del ministerio.
Anuncio del cambio legal en la web del Ministerio de Economía y Transformación Digital de España
¿Cuáles son los principales objetivos?
Esta nueva normativa es un paso importante en el proceso de transformación digital del país. Su objetivo es
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Reducir las cargas administrativas
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Optimizar la gestión financiera
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Pago a tiempo a proveedores
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Permitir un intercambio de información más eficaz entre las empresas.
¿En qué consiste?
A continuación, se presentan los puntos clave de la nueva ley.
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Todas las empresas y autónomos, establecidos en España,
deben emitir, enviar y recibir facturas electrónicas
en sus relaciones comerciales con otras empresas y profesionales.
-
El receptor y el emisor de las facturas electrónicas deben proporcionar información sobre los
estados de la factura
.
-
Las empresas que proporcionan servicios de facturación electrónica
deben garantizar su interconexión e interoperabilidad
.
Al día de hoy, todas las empresas, que operan en España, necesitarán emitir y recibir facturas en formato electrónico para sus transacciones B2B. Es importante tener en cuenta que la factura electrónica debe tener una estructura específica e incluir cierta información obligatoria. También es fundamental que las empresas garanticen la autenticidad del origen, la integridad del contenido y la legibilidad de la factura.
Sistema de facturación electrónica: plataformas públicas y privadas
El sistema de facturación electrónica estará compuesto por
plataformas privadas
para el intercambio de facturas electrónicas y una
solución de facturación electrónica pública
. Las plataformas de facturación electrónica privadas, además de enviar la factura electrónica al receptor de la factura, deberán enviar una copia a la plataforma pública.
Cada empresa podrá decidir si utiliza una plataforma privada para el intercambio de facturas electrónicas o la plataforma de facturación electrónica pública para presentar las facturas electrónicas.
Los estados obligatorios de las plataformas de facturación electrónica privadas a mantener por el receptor de la factura serán;
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Aceptación o rechazo comercial de la factura y su fecha
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Pago total de la factura y su fecha
Esquema de facturación electrónica mediante la plataforma pública de facturación electrónica.
Fuente: basado en el diagrama de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
Diagrama de facturación electrónica mediante plataformas privadas de facturación electrónica.
Fuente: basado en el diagrama de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
SAP actualmente soporta B2G y SII (Suministro Inmediato de Información) con SAP Document and Reporting Compliance. Enlace a la
Pedro Pascal
Se unió el 07/03/2018